Exportar bebidas ecológicas sin alcohol de la UE a EE. UU.
Por Nick Bodkins · Publicado el 13 de julio de 2026
Sí. Una bebida con certificación ecológica conforme a la normativa de la UE puede venderse como orgánica («organic») en Estados Unidos sin una segunda certificación, gracias a un acuerdo de equivalencia entre EE. UU. y la UE en vigor desde el 1 de junio de 2012. Desde marzo de 2024, cada envío necesita además un NOP Import Certificate (certificado de importación ecológica) electrónico, emitido en Europa antes de la salida, y un importador certificado por el USDA que lo reciba; los productos a base de vino deben cumplir también las normas estadounidenses sobre sulfitos añadidos.
Puntos clave
- La certificación ecológica de la UE se reconoce en EE. UU. para productos elaborados, o con transformación final, en un Estado miembro de la UE.
- Cada envío comercial necesita un NOP Import Certificate, emitido por su organismo de control de la UE antes de que la mercancía salga.
- Su importador en EE. UU. necesita su propia certificación ecológica del USDA. Importar es una actividad sujeta a certificación.
- La etiqueta sigue las normas estadounidenses. Es obligatoria la mención «Certified organic by»; el sello del USDA y el logotipo ecológico de la UE son opcionales.
- Los sulfitos añadidos deciden la cuestión del vino. Sin ellos, un vino desalcoholizado puede venderse como orgánico; con ellos, la vía sigue sin resolverse.
¿Acepta EE. UU. la certificación ecológica de la UE?
Sí, en los términos del acuerdo. El acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y la UE se firmó el 15 de febrero de 2012 y entró en vigor el 1 de junio de 2012, según la hoja de preguntas y respuestas del USDA. La página del USDA dedicada a la UE, actualizada por última vez en abril de 2025, confirma que los productos certificados conforme a cualquiera de las dos normativas pueden etiquetarse y venderse como ecológicos en ambos mercados si cumplen las condiciones. El acuerdo no es un reglamento: el USDA publica sus condiciones en sus propias páginas, y no figuran en el Code of Federal Regulations.
Las condiciones que importan para una marca de bebidas:
| Condición | Qué significa para usted |
|---|---|
| Origen | Productos certificados según la normativa ecológica de la UE y producidos, o con transformación final, en un Estado miembro de la UE. Solo comercio directo UE–EE. UU. (página del USDA sobre la UE). |
| Categorías | Cultivos, recolección silvestre, ganadería y productos transformados, que incluyen las bebidas embotelladas. |
| Ingredientes importados | Los ingredientes ecológicos procedentes de fuera de la UE quedan cubiertos cuando la transformación o el envasado final se realiza en la UE (USDA Q&A). |
| Antibióticos | Los productos de animales tratados con antibióticos no pueden venderse como orgánicos en EE. UU. Revise cualquier ingrediente de origen animal. |
| Exclusiones | Los animales acuáticos y la sal quedan fuera del acuerdo. |
Hay una fecha que conviene vigilar en el lado europeo. El anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión incluye a EE. UU. en la lista de terceros países reconocidos, y el artículo 48, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/848 fija el fin de ese reconocimiento el 31 de diciembre de 2026. El 16 de diciembre de 2025 la Comisión propuso prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2036 (COM(2025) 780). El 16 de septiembre de 2026, el pleno del Parlamento Europeo confirmó la decisión de su Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural de entablar negociaciones con el Consejo. A 23 de septiembre de 2026, según el Observatorio Legislativo, el procedimiento 2025/0417(COD) sigue a la espera de la posición del Parlamento en primera lectura, y la modificación no se ha adoptado. La página del USDA dedicada a la UE no fija fecha de expiración para la parte estadounidense. Considere sin resolver la situación posterior a 2026.
¿Cómo funciona el NOP Import Certificate?
Cada envío necesita uno. La norma Strengthening Organic Enforcement, publicada el 19 de enero de 2023 (88 FR 3548), entró en vigor el 20 de marzo de 2023 y debía implementarse a más tardar el 19 de marzo de 2024. Conforme al 7 CFR 205.273, cada envío ecológico debe estar certificado, etiquetado según las normas de EE. UU., declarado como orgánico ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) y asociado a datos válidos de NOP Import Certificate. La FAQ del USDA sobre la norma Strengthening Organic Enforcement, actualizada por última vez en junio de 2026, precisa los detalles prácticos.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| Quién lo solicita | El exportador, a su certificador, antes de la exportación (§ 205.273(a)) |
| Quién lo emite | Su organismo de control en la UE, en la GLOBAL Organic Integrity Database del USDA (§ 205.273(a)–(b); página del USDA sobre la UE) |
| Cuándo | Antes de que el envío parta; los certificadores no pueden emitirlo con fecha retroactiva (SOE FAQ, Q15) |
| Alcance | Un certificado por producto o código HTS, que cubre un envío, varios o un periodo de hasta 12 meses con una prórroga de 6 meses (SOE FAQ, Q15–Q16) |
| Identificador | Un número de 21 caracteres que el importador traslada a su agente de aduanas (SOE FAQ, Q25) |
| Trámite en EE. UU. | Se introduce en el Automated Commercial Environment de la CBP como parte de la declaración de entrada (§ 205.273(c); CBP CSMS #59863856) |
| Texto obligatorio | «Certified in compliance with the terms of the U.S.-EU Organic Equivalence Arrangement» (página del USDA sobre la UE) |
Su empresa exportadora debe figurar en el módulo de la UE de la base de datos antes de que su organismo de control pueda emitir nada (SOE FAQ, Q19). El USDA explica que los módulos de socios comerciales existen para que los certificadores puedan emitir certificados de importación, razón por la cual recogen sobre todo operadores que exportan a EE. UU.
Todas las facturas, listas de embalaje, conocimientos de embarque y datos de la declaración de entrada deben identificar la mercancía como orgánica (§ 205.273(c)). Desde el 1 de octubre de 2025, un envío que llegue sin certificado válido no puede regularizarse en EE. UU.; el importador debe reexportarlo o destruirlo, o donarlo si está certificado (USDA SOE FAQ, Q23).
Esa misma FAQ exime del certificado, «por ahora», a las ventas minoristas en línea a consumidores individuales para uso personal; el producto debe estar certificado igualmente, y las ventas a empresas no se benefician de esta exención (Q22). El certificado lleva el código HTS completo de 10 dígitos (Q16), que debe coincidir con su declaración de entrada; nuestra guía sobre códigos HS y declaración de entrada CBP para bebidas sin alcohol cubre la clasificación.
¿Quién debe estar certificado en la cadena estadounidense?
Su importador, y cualquiera que abra, reenvase o reetiquete el producto. El 7 CFR 205.100(a) exige la certificación de todo operador que manipule productos vendidos como ecológicos, salvo exención del § 205.101, y la definición de «handle» (manipular) del 7 CFR 205.2 incluye importar, etiquetar y reenvasar. La FAQ SOE del USDA establece que importar no es una actividad exenta (Q13) y que el importador debe estar certificado conforme a la normativa ecológica del USDA por un certificador acreditado por el USDA, aunque esté ubicado fuera de EE. UU. (Q14). Su certificado europeo no lo cubre, y, según la pregunta Q17 de esa misma FAQ, el certificado de importación debe nombrar a ese importer of record (importador registrado en EE. UU.) certificado.
Las exenciones figuran en el 7 CFR 205.101:
| Operador | ¿Necesita certificación? |
|---|---|
| Importador ecológico (§ 205.2, § 205.100(a)) | Sí |
| Agente de aduanas que solo realiza trámites aduaneros (§ 205.101(g)) | No |
| Operador que solo organiza el envío, el almacenamiento o el transporte (§ 205.101(h)) | No |
| Almacén que solo recibe, almacena y expide envases sellados con precinto de garantía (§ 205.101(e)) | No |
| Distribuidor que solo compra y vende envases sellados ya etiquetados para venta al por menor (§ 205.101(f)) | No |
| Minorista que no transforma el producto (§ 205.101(b)) | No |
| Cualquier operador que reetiquete, pegue adhesivos o reenvase (§ 205.2) | Sí |
Los almacenes y distribuidores exentos deben conservar registros durante al menos tres años (§ 205.101(i)), y el producto manipulado por una empresa no certificada fuera de estos límites pierde su condición ecológica (SOE FAQ, Q27). Esto es relevante si su operador logístico (3PL) prepara packs surtidos o coloca adhesivos para EE. UU.; consulte nuestra guía de 3PL. Pida a cualquier importador su número de operador NOP (NOP operation ID) y compruébelo en la base de datos; nuestra guía sobre el importer of record en EE. UU. explica el resto de esa función.
¿Qué puede figurar en la etiqueta?
Se aplican las normas de etiquetado estadounidenses, diga lo que diga la etiqueta en Europa. El 7 CFR 205.300(c) exige que los productos elaborados en el extranjero para su venta en EE. UU. se etiqueten conforme a las normas del USDA, y la guía de etiquetado del USDA para el mercado ecológico estadounidense confirma que esto incluye los productos de los países socios.
| Categoría estadounidense | Contenido ecológico (sin contar agua ni sal) | Sello del USDA |
|---|---|---|
| «100% organic» | 100 % | Opcional |
| «Organic» | Al menos 95 % | Opcional |
| «Made with organic …» (hasta tres ingredientes o grupos de alimentos) | Al menos 70 % | No permitido |
| Ingredientes ecológicos citados solo en la lista de ingredientes | Menos del 70 % | No permitido |
Los umbrales figuran en el § 205.301(a)–(d); los límites de uso del sello, en el § 205.311(a) y el § 205.304(c). El agua y la sal quedan fuera del cálculo conforme al § 205.301 y al § 205.302(a), de modo que una bebida con gas a base de botánicos, compuesta mayoritariamente de agua, se evalúa sobre sus demás ingredientes.
La mención «Certified organic by». Obligatoria en el panel de información, justo debajo del nombre del operador (handler) o del distribuidor, indicando el organismo que certificó al operador del producto terminado (§ 205.303(b)(2); § 205.304(b)(2) para la categoría «made with»). Para un producto de la UE, ese es su organismo de control europeo. La guía de etiquetado del USDA, actualizada por última vez en junio de 2026, indica que un código de organismo de control por sí solo, como AA-BIO-001, no cumple este requisito. Imprima el nombre; el código puede añadirse.
El sello del USDA. Opcional, y solo para las categorías «100% organic» y «organic» (§ 205.303(a)(4); § 205.311(a)). Puede aparecer el logotipo de un certificador, pero no de forma más destacada que el sello del USDA (§ 205.303(a)(5)).
El logotipo ecológico de la UE. La página del USDA dedicada a la UE permite que las etiquetas o adhesivos de venta al por menor lleven el sello del USDA, el logotipo de producción ecológica de la Unión Europea, o ambos, y la normativa de la UE establece que un producto ecológico exportado «podrá llevar» ese logotipo (artículo 44, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/848). Si conserva ese logotipo, la normativa de la UE exige la mención «Agricultura UE», «Agricultura no UE» o «Agricultura UE/no UE» en el mismo campo visual (artículo 32, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/848).
Para las categorías «organic» y «made with», identifique cada ingrediente ecológico en la lista de ingredientes (§ 205.303(b)(1); § 205.304(b)(1)). Todo esto se suma a los propios requisitos de la FDA, recogidos en nuestra lista de verificación de etiquetado de la FDA para bebidas importadas.
¿Cómo se aplican las normas del vino a un vino desalcoholizado?
La respuesta es clara si no añade sulfitos, y sigue sin resolverse si los añade.
Para el vino ecológico de la UE que entra en EE. UU., la página del USDA dedicada a la UE fija dos categorías:
| «Organic wine» | «Made with organic grapes» | |
|---|---|---|
| Uva | Toda certificada ecológica | Toda certificada ecológica |
| Sulfitos añadidos | Ninguno; prohibidos el dióxido de azufre y el metabisulfito de potasio | Solo dióxido de azufre, sulfitos totales hasta 100 ppm |
| Otras sustancias | Solo las permitidas por el 7 CFR 205.605 | Solo las permitidas por el 7 CFR 205.605 |
| Sello del USDA | Permitido | No permitido |
La base legal es el § 205.301(f)(5), que prohíbe los sulfitos añadidos en productos ecológicos con una única excepción para el vino etiquetado como «made with organic grapes», y el § 205.605(b)(35), que permite el dióxido de azufre «para uso exclusivo en vino» en esa categoría, con un límite de sulfitos totales de 100 ppm. La guía de etiquetado del USDA añade que el vino ecológico de la UE con sulfitos añadidos solo puede venderse en EE. UU. como «made with organic grapes». Su organismo de control de la UE debe verificar esto antes de emitir el certificado de importación (página del USDA sobre la UE).
La normativa ecológica de la UE permite ahora la desalcoholización. Desde una modificación publicada el 26 de febrero de 2025 (Reglamento Delegado (UE) 2025/405), el anexo II, parte VI, punto 3.3, letras c) y d), del Reglamento (UE) 2018/848 autoriza la evaporación parcial al vacío y la destilación para el vino ecológico, únicamente para elaborar vino desalcoholizado de 0,5 % vol. o menos y a temperaturas no superiores a 75 °C.
En EE. UU., un vino desalcoholizado con menos del 7 % vol. queda fuera de la Federal Alcohol Administration Act, cuya definición de vino empieza en el 7 % vol. (27 U.S.C. 211(a)(6)), y, según la orientación de la FDA, se etiqueta conforme a la Federal Food, Drug, and Cosmetic Act (FDA CPG Sec. 510.400); el reparto de competencias entre agencias se explica en FDA o TTB. La alegación ecológica sigue rigiéndose por el National Organic Program.
- Sin sulfitos añadidos. El producto cumple la condición de «organic wine» y puede venderse como orgánico con el sello del USDA, siempre que todos los demás ingredientes estén permitidos por el § 205.605.
- Con sulfitos añadidos. La única vía del NOP para el dióxido de azufre añadido es el vino etiquetado como «made with organic grapes». No hemos encontrado ninguna orientación publicada por el NOP sobre si un vino desalcoholizado cuenta como vino a efectos de esa excepción. El NOP ya se ha atenido al tenor exacto de esta anotación: en el Policy Memo 10-2 (publicado en 2010, enlaces actualizados en marzo de 2024) sostuvo que, como la anotación menciona la uva, el dióxido de azufre está prohibido en los vinos elaborados con otras frutas. Obtenga la decisión de su organismo de control por escrito antes de imprimir. Si la respuesta es negativa, las opciones son una formulación sin sulfitos añadidos o renunciar a la alegación ecológica en EE. UU.
Las normas de la FDA sobre sulfitos se aplican con independencia de la alegación ecológica: los agentes sulfitantes a 10 ppm o más en la bebida terminada no pueden tratarse como aditivos incidentales y omitirse de la etiqueta (21 CFR 101.100(a)(4)). La página del USDA dedicada a la UE fija la condición relativa a los sulfitos solo para el vino. No hemos encontrado ninguna orientación del USDA sobre cómo se aplica la prohibición del § 205.301(f)(5) a otras bebidas ecológicas de la UE con sulfitos añadidos, así que consulte cualquier adición de sulfitos con su organismo de control antes de imprimir.
¿Qué ocurre con las marcas del Reino Unido y de Suiza?
Se aplican acuerdos independientes con la misma mecánica. El acuerdo EE. UU.–Reino Unido entró en vigor el 1 de enero de 2021 y cubre Gran Bretaña e Irlanda del Norte; el acuerdo EE. UU.–Suiza se aplica desde el 10 de julio de 2015. En ambos casos, el producto debe elaborarse, o someterse a su transformación final, en ese país, los certificadores locales emiten el certificado de importación en la misma base de datos, y el vino debe seguir las normas del país de destino, lo que para las ventas en EE. UU. significa las categorías de vino del USDA descritas arriba. Según el USDA, no existe un logotipo ecológico británico ni un sello ecológico suizo. Una empresa británica que embotella en Francia exporta al amparo del acuerdo con la UE, porque el acuerdo con la UE cubre los productos elaborados, o con transformación final, en un Estado miembro de la UE.
Pasos para su primer envío ecológico
- Elija la categoría de etiqueta estadounidense y compruebe que su fórmula la cumple, calculando el contenido ecológico sin contar el agua ni la sal. Para un producto a base de vino, resuelva antes la cuestión de los sulfitos con su organismo de control.
- Confirme que su organismo de control puede emitir NOP Import Certificates y que su empresa exportadora figura en el módulo de la UE de la Organic Integrity Database.
- Designe un importador certificado por el USDA, y compruebe su certificación en la base de datos antes de firmar.
- Identifique a cada operador en EE. UU. Cualquiera que reetiquete, pegue adhesivos o reenvase necesita certificación; un almacén que solo almacena y expide envases sellados no la necesita.
- Diseñe la etiqueta para EE. UU. con la mención «Certified organic by» y los ingredientes ecológicos identificados, y decida sobre el sello del USDA y el logotipo ecológico de la UE. Pida a su organismo de control que la revise.
- Solicite el certificado de importación antes de que salga la mercancía, uno por código HTS, y envíe el número de 21 caracteres al agente de aduanas de su importador. Identifique la mercancía como orgánica en todos los documentos de envío.
- Reciba y verifique. A la llegada, el importador comprueba los datos del certificado, confirma que la mercancía no ha tenido contacto con sustancias prohibidas desde la exportación (§ 205.273(d)), y conserva los registros.
La condición ecológica añade su propia documentación a cada envío desde la UE, y coordinarla con el resto del expediente de importación forma parte de lo que gestiona Avenor.
Fuentes
Leyes y reglamentos:
- 7 CFR 205.2, Definiciones («handle», «organic importer»); 7 CFR 205.100(a), Actividades sujetas a certificación; 7 CFR 205.101(b), (e)–(i), Exenciones de certificación; 7 CFR 205.273(a)–(d), Importaciones a Estados Unidos; 7 CFR 205.300(c), Uso del término «organic»; 7 CFR 205.301(a)–(d), (f)(5), Composición de los productos; 7 CFR 205.302(a), Cálculo del porcentaje de ingredientes ecológicos; 7 CFR 205.303(a)(4)–(5), (b)(1)–(2), Productos envasados etiquetados como «100 percent organic» u «organic»; 7 CFR 205.304(b)(1)–(2), (c), Productos envasados etiquetados como «made with organic»; 7 CFR 205.311(a), Sello del USDA; 7 CFR 205.605(b)(35), Dióxido de azufre en la lista nacional de sustancias sintéticas permitidas
- 21 CFR 101.100(a)(4), Agentes sulfitantes como aditivos incidentales
- 27 U.S.C. 211(a)(6), Definición de vino de la Federal Alcohol Administration Act
- 88 FR 3548 (19 de enero de 2023), National Organic Program: norma definitiva Strengthening Organic Enforcement
- Reglamento (UE) 2018/848, artículo 32, apartado 2; artículo 44, apartado 1; artículo 48, apartado 1; anexo II, parte VI, punto 3.3, letras c) y d), Producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, versión consolidada de 25 de marzo de 2025
- Reglamento Delegado (UE) 2025/405 de la Comisión, Modificación del Reglamento (UE) 2018/848 en lo que respecta a las prácticas enológicas, DO L de 26 de febrero de 2025
- Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión, anexo I, Lista de terceros países reconocidos, versión consolidada de 27 de julio de 2026
Orientaciones y avisos de las autoridades:
- USDA AMS, Políticas de comercio internacional: Unión Europea, acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y la UE (un acuerdo, no un reglamento), actualizada por última vez en abril de 2025; USDA AMS, National Organic Program, Acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y la Unión Europea: preguntas y respuestas, julio de 2015; USDA AMS, Preguntas frecuentes sobre la norma Strengthening Organic Enforcement, Q13–Q17, Q19, Q22, Q23, Q25 y Q27, actualizadas por última vez en junio de 2026; USDA AMS, Acerca de INTEGRITY, Organic Integrity Database, actualizada por última vez el 20 de marzo de 2024; USDA AMS, Requisitos de etiquetado para el mercado ecológico estadounidense, actualizada por última vez en junio de 2026; USDA AMS, National Organic Program, Policy Memo 10-2, Dióxido de azufre en el vino elaborado con fruta ecológica, 20 de septiembre de 2010, enlaces actualizados el 20 de marzo de 2024; USDA AMS, Políticas de comercio internacional: Reino Unido, acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y el Reino Unido (un acuerdo, no un reglamento), actualizada por última vez en julio de 2026; USDA AMS, boletín Organic Insider, La equivalencia ecológica entre EE. UU. y el Reino Unido mantiene abiertas las oportunidades comerciales, 30 de diciembre de 2020; USDA AMS, Políticas de comercio internacional: Suiza, acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y Suiza (un acuerdo, no un reglamento), actualizada por última vez en abril de 2025; USDA AMS, National Organic Program, Acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y Suiza: preguntas y respuestas
- CBP, CSMS #59863856, Requisitos de declaración ecológica del USDA AMS, obligatorios desde el 19 de marzo de 2024
- FDA, CPG Sec. 510.400, Vinos y bebidas de malta desalcoholizados: etiquetado
Otras fuentes:
- Comisión Europea, COM(2025) 780 final, Propuesta de Reglamento por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/848 en lo que respecta a determinadas normas de producción, etiquetado y certificación y a determinadas normas sobre el comercio con terceros países, 16 de diciembre de 2025
- Parlamento Europeo, Observatorio Legislativo, Ficha de procedimiento 2025/0417(COD), estado comprobado el 23 de septiembre de 2026
Fuentes consultadas en septiembre de 2026.
Las citas de fuentes estadounidenses son traducción propia; prevalece el texto original en inglés.
Resumido a partir de la guía del National Organic Program del USDA AMS, el 7 CFR parte 205, el Federal Register, la CBP, la FDA y EUR-Lex a fecha de septiembre de 2026. Esto no constituye asesoramiento jurídico; confirme la categoría de su etiqueta y el certificado de importación con su certificador antes de exportar.
Frequently asked questions
¿Puedo vender como orgánica en EE. UU. mi bebida con certificación ecológica de la UE?
Sí, si está certificada conforme a la normativa ecológica de la UE y se produjo, o se sometió a su transformación final, en un Estado miembro de la UE. El acuerdo de equivalencia ecológica entre EE. UU. y la UE, en vigor desde el 1 de junio de 2012, elimina la necesidad de una certificación USDA independiente. Aun así, cada envío necesita un NOP Import Certificate (certificado de importación ecológica) de su organismo de control en la UE (7 CFR 205.273), el importador debe tener certificación ecológica del USDA (7 CFR 205.100), y la etiqueta debe seguir las normas del USDA (7 CFR 205.300(c)).
¿Quién emite el NOP Import Certificate para un envío desde la UE?
Su organismo de control en la UE lo emite en la Organic Integrity Database del USDA, a petición del exportador y antes de que el envío salga de la UE (7 CFR 205.273(a) y (b)). Según la FAQ del USDA sobre la norma Strengthening Organic Enforcement, los certificadores no pueden emitirlo con fecha retroactiva, un certificado cubre un código HTS, y el agente de aduanas del importador introduce su número de 21 caracteres en el sistema aduanero estadounidense junto con la declaración de entrada.
¿Mi importador en EE. UU. necesita estar certificado como ecológico?
Sí. La importación no es una actividad exenta conforme a la norma Strengthening Organic Enforcement: la definición de handle del 7 CFR 205.2 incluye la importación, y el 7 CFR 205.100 exige la certificación de los operadores que manipulan productos ecológicos. El importador debe estar certificado conforme a la normativa ecológica del USDA por un certificador acreditado por el USDA, aunque esté ubicado fuera de EE. UU. Los agentes de aduanas que solo realizan trámites aduaneros, y los almacenes que solo almacenan y expiden envases sellados, están exentos (7 CFR 205.101(e) y (g)).
¿Pueden figurar en la misma etiqueta el sello orgánico del USDA y el logotipo ecológico de la UE?
Sí, para productos de las categorías «organic» (al menos 95 %) o «100% organic» (7 CFR 205.311). Ambos son opcionales. La etiqueta debe llevar además, en el panel de información, la mención «Certified organic by» seguida del nombre de su organismo de control de la UE (7 CFR 205.303(b)(2)). El USDA indica que un código de organismo de control por sí solo no cumple este requisito.
¿Puede venderse como orgánico en EE. UU. un vino desalcoholizado con sulfitos añadidos?
No en la categoría «organic», que prohíbe el dióxido de azufre y el metabisulfito de potasio añadidos para el vino de la UE. Si puede acogerse a la categoría «made with organic grapes», que permite dióxido de azufre hasta 100 ppm (7 CFR 205.605(b)(35)), es una cuestión sin resolver: no hemos encontrado ninguna orientación del National Organic Program sobre si un vino desalcoholizado cuenta como vino a efectos de esa excepción. Obtenga la decisión de su organismo de control por escrito antes de imprimir.
¿Qué ocurre si un envío llega sin certificado de importación?
No puede subsanarse tras la llegada. Según la FAQ del USDA sobre la norma Strengthening Organic Enforcement, desde el 1 de octubre de 2025 los envíos ecológicos que llegan a EE. UU. sin un NOP Import Certificate válido no pueden regularizarse. El importador debe reexportarlos o destruirlos, o donarlos si el propio importador está certificado.